Artículo 46 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La nacionalidad hondureña se adquiere según lo establecido en la Constitución de Honduras. Cualquier persona que no sea declarada hondureña conforme a las normas constitucionales es considerada extranjera.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Son hondureños los que declara tales la Constitución del Estado. Los demás son extranjeros.