Artículo 521 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La incapacidad de una persona declarada demente solo puede terminar por decisión de un juez, después de que médicos examinen su estado de salud y se escuche la opinión del Ministerio Público. Este proceso judicial es obligatorio y garantiza que la persona realmente se ha recuperado antes de recuperar su capacidad legal.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La cesación de la incapacidad por el completo restablecimiento de los dementes solo tendrá lugar mediante declaración judicial, previo examen de salud hecho por facultativos y con audiencia del Ministerio Público.