Artículo 552 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Los curadores adjuntos actúan de manera independiente sin estar sujetos a la autoridad de los padres o guardadores del menor. La responsabilidad subsidiaria que recae sobre los tutores o curadores generales por incumplimiento de sus funciones se extiende también a los padres o cónyuges respecto de las acciones u omisiones de los curadores adjuntos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los curadores adjuntos son independientes de los respectivos padres o guardadores.

La responsabilidad subsidiaria que por el artículo 490 se impone a los tutores o curadores generales, se extiende a los respectivos padres o maridos, respecto de los curadores adjuntos.