Artículo 603 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Las plantas se consideran bienes inmuebles cuando están enraizadas directamente en el suelo, pero pierden esta calidad si se encuentran en macetas o recipientes que permitan su traslado de un lugar a otro, en cuyo caso se clasifican como muebles.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las plantas son inmuebles, mientras adhieren al suelo por sus raíces, a menos que estén en macetas o cajones que puedan transportarse de un lugar a otro.