Artículo 666 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Los pescadores tienen derecho a usar las playas del mar para sus actividades pesqueras, incluyendo construir cabañas, sacar a tierra sus barcas, herramientas y captura, y secar sus redes. Sin embargo, no pueden utilizar edificios o construcciones existentes sin permiso de sus propietarios, ni pueden obstaculizar el uso legítimo que otros pescadores hagan de las playas.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los pescadores podrán hacer de las playas del mar el uso necesario para la pesca, construyendo cabañas, sacando a tierra sus barcas y utensilios y el producto de la pesca, secando sus redes, etc.; guardándose, empero, de hacer uso alguno de los edificios o construcciones que allí hubiere, sin permiso de sus dueños, o de embarazar el uso legítimo de los demás pescadores.