Artículo 678 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
La invención o hallazgo es una forma de adquirir la propiedad de cosas inanimadas sin dueño cuando alguien se apodera de ellas, como piedras o conchas que trae el mar. También se adquieren por este medio los objetos que sus dueños abandonan voluntariamente, como monedas lanzadas para que las tome el primero, pero no se consideran abandonadas las cosas que los navegantes arrojan al mar para aligerar la nave.
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Texto vigente
La invención o hallazgo es una especie de ocupación por la cual el que encuentre una cosa inanimada que no pertenece a nadie, adquiere su dominio apoderándose de ella.
De este modo se adquiere el dominio de las piedras, conchas y otras sustancias que arroja el mar y que no presentan señales de dominio anterior.
Se adquieren del mismo modo las cosas cuya propiedad abandona su dueño, como las monedas que se arrojan para que las haga suyas el primer ocupante. No se presume abandonadas por sus dueños las cosas que los navegantes arrojan al mar para alijar la nave.