Artículo 72 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Cuando personas no casadas poseen un establecimiento en un lugar diferente al de la matrícula del buque, se considera que tienen su domicilio en ese lugar de establecimiento. Si están casadas, el lugar del establecimiento es su domicilio solo para los actos relacionados con el comercio, mientras que para otros asuntos legales su domicilio es donde habita la mujer.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cuando no siendo casados, tuviesen algún establecimiento en lugar distinto del de la matrícula del buque se considerarán domiciliados en dicho lugar; pero si fuesen casados, el lugar del establecimiento será el domicilio respecto de los actos relativos al giro; y respecto de los demás, el de la habitación de la mujer.