Artículo 78 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El artículo 78 ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene vigencia legal y ha sido eliminado del ordenamiento jurídico. Por lo tanto, no produce efecto alguno y no puede ser utilizado como fundamento para ningún acto legal.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Derogado.