Artículo 790 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El derecho de uso es la facultad limitada de aprovechar los beneficios y productos de una cosa, sin ser su propietario. Cuando este derecho se aplica específicamente a una casa y se limita a la utilidad de vivir en ella, se denomina derecho de habitación.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El derecho de uso consiste, generalmente, en la facultad de gozar de una parte limitada de las utilidades y productos de una cosa.
Si se refiere a una casa, y a la utilidad de morar en ella, se llama derecho de habitación.