Artículo 871 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Se puede ejercer la acción de reivindicación sobre una parte específica de un bien que pertenece a varios propietarios en común, sin necesidad de reclamar la totalidad del inmueble. Esta acción permite que un copropietario exija su derecho sobre su cuota indivisa del bien frente a terceros que lo ocupen sin derecho.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Se puede reivindicar una cuota determinada proindiviso de una cosa singular.