Artículo 931 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

La sucesión testamentaria ocurre cuando una persona fallecida dejó un testamento válido que indica cómo distribuir sus bienes, mientras que la sucesión intestada sucede cuando no existe testamento y la ley determina quiénes heredan. Es posible que una herencia sea parcialmente testamentaria y parcialmente intestada, cuando el difunto dejó testamento pero no reguló la totalidad de sus bienes.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si se sucede en virtud de un testamento, la sucesión se llama testamentaria, y si en virtud de la ley, intestada o ab intestato.

La sucesión en los bienes de una persona difunta puede ser parte testamentaria y parte intestada.