Artículo 933 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Las herencias son asignaciones que reciben la totalidad o una parte del patrimonio del fallecido y se otorgan a quienes se llaman herederos, mientras que los legados son asignaciones de bienes específicos que van a los legatarios. Esta distinción es fundamental en derecho sucesorio porque determina si una persona hereda una porción del patrimonio total o solo bienes determinados del difunto.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las asignaciones a título universal se llaman herencias, y las asignaciones a título singular, legados. El asignatario de herencia se llama heredero, y el asignatario de legado, legatario.