Artículo 960 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
Las personas llamadas a heredar en una sucesión intestada son los descendientes del difunto, el cónyuge o compañero de hogar en unión de hecho legalizada, los ascendientes, los colaterales y el municipio donde el difunto tuvo su último domicilio. Este orden de llamamiento determina quiénes tienen derecho a heredar cuando una persona muere sin dejar testamento válido.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Son llamados a la sucesión intestada:
Los(as) descendientes de el(la) difunto(a);El(la) cónyuge o compañero(a) de hogar en unión de hecho debidamente legalizada sobreviviente;Sus ascendientes;Sus colaterales; y,El municipio donde el(la) causante tuvo su último domicilio.