Artículo 979 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

El testador tiene libertad para disponer de sus bienes como lo desee en su testamento, sin restricciones en la mayoría de casos. Sin embargo, existen dos excepciones obligatorias a esta libertad: el testador debe reservar los alimentos que la ley establece para ciertas personas y debe respetar la porción conyugal que corresponde al cónyuge.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La testamentificación es libre.

No hay más asignaciones forzosas que los alimentos debidos por ley a ciertas personas y la porción conyugal.