Artículo 1044 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Cuando hay varios fideicomisarios y es necesario conocer su voluntad, las decisiones se toman por mayoría de votos contando las representaciones y no el número de personas. Si hay empate en la votación, el juez de lo civil del domicilio del fiduciario es quien toma la decisión final.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cuando sean dos (2) o más los fideicomisarios, y deba consultarse su voluntad, en cuanto no esté previsto en la constitución del fideicomiso, las decisiones se tomarán a mayoría de votos, computados por representaciones y no por personas. En caso de empate, decidirá el juez de letras de lo civil del lugar del domicilio del fiduciario.