Artículo 1070 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El contrato de transporte es aquel en el que el porteador se compromete a trasladar personas o cosas de un lugar a otro mediante el pago de una compensación económica. Dicho contrato adquiere naturaleza mercantil cuando es realizado por empresas que se dedican profesionalmente a ofrecer este servicio al público.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Por el contrato de transporte el porteador se obliga a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, a cambio de un precio. Este contrato será mercantil cuando se preste por empresas dedicadas a ofrecer al público ese servicio.