Artículo 1104 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Las acciones legales que surgen de un contrato de transporte tienen un plazo de un año para ser ejercidas, contado desde el momento en que fue posible hacerlas valer. Esto significa que si una persona tiene un reclamo relacionado con un transporte, debe presentarlo dentro de ese año o perderá el derecho de hacerlo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las acciones derivadas del contrato de transporte prescribirán en un (1) año a partir de la fecha en que pudieron ejercerse.