Artículo 1108 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Las ofertas para celebrar, prorrogar, modificar o restablecer un contrato vinculan al proponente durante quince días, o treinta días si es necesario realizar un examen médico, a menos que se haya establecido un plazo más corto para que la otra parte acepte. Esto significa que quien hace la oferta no puede retractarse durante ese tiempo y debe esperar la respuesta del destinatario.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las ofertas de celebración, prórroga, modificación o restablecimiento de un contrato, obligarán al proponente durante el término de quince (15) o de treinta (30) días cuando fuere necesario practicar examen médico, si no se fija un plazo menor para la aceptación.