Artículo 1170 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Cuando se celebran varios contratos de seguro de buena fe sobre el mismo interés por un monto total mayor al valor real de lo asegurado, todos los contratos son válidos y las aseguradoras deben pagar hasta cubrir el daño completo, pero cada una solo responde proporcionalmente según el monto que haya asegurado. El asegurado no puede obtener una ganancia por el exceso de pólizas, sino solo recuperar el daño real sufrido repartido entre las aseguradoras.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los contratos de seguros de que trata el artículo anterior, celebrados de buena fe, en la misma o en diferentes fechas, por una suma total superior al valor del interés asegurado, serán válidos y obligarán a las empresas aseguradoras hasta el valor íntegro del daño sufrido en proporción y dentro de los límites de la suma que hubiere asegurado cada una de ellas.