Artículo 1173 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Cuando se contrata un nuevo seguro y el riesgo ya había comenzado a ser cubierto por aseguradoras anteriores, la reducción de cobertura solo tendrá validez a partir del momento en que se solicite formalmente, no retroactivamente. Esto significa que la aseguradora anterior sigue siendo responsable por el riesgo hasta que se presente la reclamación de reducción ante ella.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si al contratarse el nuevo seguro, el riesgo hubiere comenzado ya a correr para alguno de los aseguradores previos, la reducción no producirá efecto, sino a partir del momento en que fuere reclamada.