Artículo 1175 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La aseguradora puede rescindir el contrato de seguros dentro de quince días después de enterarse que cambió el dueño del bien asegurado. Una vez notificada por escrito la rescisión al nuevo propietario, las obligaciones de la aseguradora terminan quince días después, debiendo devolver la parte proporcional de la prima correspondiente al período no utilizado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La empresa aseguradora tendrá el derecho de rescindir el contrato dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del cambio de dueño del objeto asegurado. Sus obligaciones terminarán quince (15) días después de notificar esta resolución por escrito al nuevo adquirente, pero reembolsará a este la parte de la prima que corresponda al tiempo no transcurrido.