Artículo 1201 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El seguro no cubre el ganado que sea vendido o transferido de forma individual. Esta disposición significa que si el asegurado vende animales de su rebaño uno por uno, esa ganancia no está protegida por la póliza de seguro. En otras palabras, la cobertura del seguro solo aplica al ganado en su conjunto, no a las transacciones particulares de animales aislados.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El seguro no comprenderá el ganado que se enajene singularmente.