Artículo 1262 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los contratos generales de seguros que cubren múltiples relaciones de seguros deben constar por escrito como requisito de prueba. Las relaciones de reaseguro derivadas de contratos generales y los contratos de reaseguro para riesgos específicos se prueban conforme a las reglas generales de prueba sin exigir necesariamente la forma escrita.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los contratos generales de aseguro, relativos a una serie de relaciones de seguros, deberán probarse por escrito.

Las relaciones de reaseguro en ejecución de contratos generales, y los contratos de reaseguro por riesgos aislados, deberán ser probados según las reglas generales.