Artículo 1306 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La prenda es indivisible, lo que significa que el acreedor mantiene su derecho sobre la totalidad de lo prendado hasta que se pague completamente la deuda, a menos que las partes acuerden lo contrario. Sin embargo, cuando el deudor puede hacer pagos parciales y ha entregado varios objetos en prenda o uno que se pueda dividir fácilmente, la prenda se reduce proporcionalmente conforme se realizan los pagos, siempre que los derechos del acreedor permanezcan garantizados de manera efectiva.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El derecho y la obligación que resultan de la prenda son indivisibles, salvo el caso en que se haya estipulado lo contrario; sin embargo, cuando el deudor esté facultado para hacer pagos parciales y se hayan dado en prenda varios objetos o uno que sea cómodamente divisible, esta se irá reduciendo proporcionalmente a los pagos hechos, con tal que los derechos del acreedor queden siempre eficazmente garantizados.