Artículo 1311 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El fiador mercantil puede actuar como parte en cualquier tipo de negocio y en procesos judiciales cuando otorgue una fianza, teniendo todos los derechos que corresponden a esa condición. Sus derechos se limitan a lo relacionado con las responsabilidades que surjan de la fianza que ha prestado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El fiador mercantil podrá constituirse en parte, y tendrá todos los derechos inherentes a este carácter en los negocios de cualquier índole, y en los procesos, juicios y otros procedimientos judiciales, en los que otorgue fianza, en todo lo que se refiere a las responsabilidades derivadas de esta.