Artículo 1353 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El juez debe evaluar dentro de veinticuatro horas las causas de incompatibilidad o incapacidad que se aleguen contra un síndico después de que se comunique su existencia. Si el juez determina que las causas son válidas, procederá a nombrar un nuevo síndico que sustituya al anterior.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la comunicación de la existente, de un motivo legal de incompatibilidad o incapacidad, el juez calificará las causas alegadas y, en su caso, nombrará nuevo síndico.