Artículo 1535 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El síndico debe presentar ante el juez cada cuatro meses un informe que muestre el dinero recaudado de los bienes del deudor y una lista de los acreedores que serán pagados con esos fondos, contando desde la fecha de la sentencia que reconoce los créditos. Esta presentación periódica permite que el juez supervise el progreso de la liquidación y garantiza transparencia en la distribución del patrimonio entre los acreedores.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cada cuatro (4) meses, a partir de la sentencia especial de reconocimiento de créditos, si la hubiere, el síndico presentará al juez un estado del activo realizado en efectivo y un estado de los acreedores que van a ser pagados.