Artículo 1596 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El deudor recupera la posesión de todos los bienes que formaban parte de la masa sometida al procedimiento concursal, recobrando así el control total sobre su patrimonio. Con esto, el deudor recobra también su plena capacidad para administrar y disponer de sus bienes como lo hacía antes del proceso.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El deudor será puesto en posesión de todos los bienes que integran la masa, recobrando la plena capacidad de dominio y administración.