Artículo 1648 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La proposición de un convenio puede incluir la condonación total o parcial de deudas (quita), el aplazamiento del pago (espera), o ambas cosas juntas, y se rigen por las mismas reglas que aplican en los procedimientos de quiebra.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La proposición del convenio podrá tener como objeto quita, espera o ambas cosas combinadas, siendo aplicable lo dispuesto para el convenio en la quiebra.