Artículo 166 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Las asambleas de accionistas se clasifican en ordinarias y extraordinarias, siendo estas las dos formas principales de reunión corporativa. Las asambleas constitutivas y especiales, aunque tienen características particulares, deben seguir las mismas reglas establecidas para las asambleas generales, excepto cuando la ley expresamente establezca disposiciones diferentes.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las asambleas generales de accionistas son ordinarias y extraordinarias.
Las asambleas constitutivas y las especiales se regirán, en lo aplicable, por las normas dadas para las generales, salvo que la ley disponga otra cosa.