Artículo 170 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La asamblea general tiene la facultad de nombrar ejecutores especiales que se encarguen de implementar y cumplir las decisiones que ella adopte. Estos ejecutores actúan como representantes de la asamblea para materializar sus acuerdos en la práctica.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La asamblea general podrá designar ejecutores especiales de sus acuerdos.