Artículo 170 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La asamblea general tiene la facultad de nombrar ejecutores especiales que se encarguen de implementar y cumplir las decisiones que ella adopte. Estos ejecutores actúan como representantes de la asamblea para materializar sus acuerdos en la práctica.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La asamblea general podrá designar ejecutores especiales de sus acuerdos.