Artículo 200 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La irregularidad que pueda presentar una sociedad no invalida las asambleas que celebre ni los acuerdos que en ellas se adopten. Esto significa que aunque la sociedad tenga defectos en su constitución o funcionamiento, las decisiones tomadas en asamblea mantienen su validez legal y vinculan a los asociados. De esta manera se protege la seguridad jurídica de los actos societarios aun cuando existan problemas formales en la estructura de la empresa.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La validez de una asamblea o de sus acuerdos, no quedará afectada por la irregularidad de la sociedad.