Artículo 233 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
Los comisarios tienen la responsabilidad de verificar que los administradores mantengan las garantías requeridas, inspeccionar mensualmente los libros y registros de la empresa, revisar el balance anual y reportar sus hallazgos. También deben exigir balanzas de comprobación mensuales, convocar asambleas cuando sea necesario, participar en reuniones del consejo de administración y asambleas de accionistas sin derecho a voto, y ejercer vigilancia continua y sin restricciones sobre todas las operaciones de la sociedad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Son facultades y obligaciones de los comisarios:
Cerciorarse de la constitución y subsistencia de la garantía de los administradores y tomar las medidas necesarias para corregir cualquier irregularidad;Exigir a los administradores una balanza mensual de comprobación;Inspeccionar, una vez cada mes por lo menos, los libros y papeles de la sociedad, así como la existencia en caja;Revisar el balance anual y rendir el informe correspondiente en los términos que establece la ley;Someter al consejo de administración y hacer que se inserten en la orden del día de las asambleas de accionistas, los puntos que crean pertinentes;Convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas en caso de omisión de los administradores y en cualquiera otro en que lo juzguen conveniente;Asistir con voz, pero sin voto, a todas las sesiones del consejo de administración;Asistir con voz, pero sin voto, a las asambleas de accionistas; y,En general, vigilar ilimitadamente y en cualquier tiempo las operaciones de la sociedad.