Artículo 245 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La suscripción de nuevas acciones sigue las reglas de constitución simultánea cuando el plazo para suscribir el capital es de un mes o menos, y las reglas de constitución sucesiva cuando el plazo es mayor. En ambos casos, no es necesario que los suscriptores comparezcan ante notario.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Fuera del caso anterior, la suscripción de nuevas acciones se hará de acuerdo con las reglas de la constitución simultánea, si el plazo para suscribir el capital fuere hasta de un (1) mes; y con las de la sucesiva, si fuere mayor. Ni aún en el primer caso será precisa la comparecencia de los suscriptores ante notario.