Artículo 283 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La cooperativa de consumidores es una asociación de personas que se unen con el propósito de adquirir en conjunto bienes o servicios que necesitan para su uso personal, familiar o para sus actividades productivas individuales. El fin principal es que los miembros obtengan estos productos o servicios de manera colectiva, lo que generalmente resulta en mejores precios o condiciones que si los compraran de forma individual.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La cooperativa será de consumidores cuando esté formada por individuos que se asocian para obtener en común bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades individuales de producción.