Artículo 409 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El registro se considera exacto y confiable para quienes contraten basándose en su contenido, a menos que el mismo registro advierta sobre posibles errores o que la persona ya conociera de otra fuente que la información era inexacta. Esta protección de la exactitud registral no aplica en contratos gratuitos ni en actos que violen leyes prohibitivas o de interés público.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El contenido de los libros del registro se reputará exacto para toda persona que haya contratado fiándose en sus declaraciones, salvo que el propio registro le indicara posibles causas de inexactitud del mismo, o que extrarregistralmente conociera dicha inexactitud.
Lo dispuesto en este artículo no se aplicará a los contratos gratuitos ni a actos o contratos que se ejecuten u otorguen violando una ley prohibitiva o de interés público.