Artículo 454 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La autorización del Poder Ejecutivo es requisito necesario para crear títulos en serie mediante una única manifestación de voluntad que serán ofrecidos al público. Esta disposición busca que el Estado supervise la emisión de estos instrumentos para proteger a los posibles adquirentes y garantizar que cumplan con los requisitos legales establecidos.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los títulos en serie, creados por una sola declaración de voluntad, que deban ser colocados entre el público, necesitan autorización del Poder Ejecutivo.