Artículo 599 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

El endoso de un cheque al portador hace responsable al suscriptor en vía de regreso, es decir, que puede ser demandado si el cheque no se paga. Sin embargo, este endoso no transforma el cheque en un título a la orden, por lo que mantiene su naturaleza de cheque al portador.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El endoso de un cheque al portador hará responsable al que lo suscriba, en la vía de regreso; pero no por ello el cheque se convertirá en un título a la orden.