Artículo 601 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El cheque es siempre un instrumento de pago pagadero a la vista, es decir, cuando se presenta al banco, y cualquier condición que se escriba en el cheque indicando otra cosa no tiene validez legal. Aunque alguien escriba en el cheque una fecha futura (cheque posdatado), el banco puede pagarlo en el momento en que se presente, sin necesidad de esperar a esa fecha.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El cheque será siempre pagadero a la vista. Cualquier inserción en contrario se tendrá por no escrita. El cheque posdatado será pagadero a su presentación.