Artículo 613 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
El derecho a ejercer acciones legales derivadas de un cheque caduca después de seis meses. Este plazo comienza a correr desde que se presenta el cheque para el último tenedor, y desde el día siguiente al pago del cheque para los endosantes y avalistas.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Las acciones cambiarias que resulten del cheque, prescriben en seis (6) meses, contados: desde la presentación, la del último tenedor del documento; y desde el día siguiente a aquel en que paguen el cheque, las de los endosantes y las de los avalistas.