Artículo 66 del Código de Comercio de Honduras
En palabras simples
La sociedad de responsabilidad limitada es aquella que opera bajo una razón social o denominación donde los socios únicamente responden por el monto de sus aportaciones, protegiendo así su patrimonio personal. Las partes sociales no pueden ser representadas por títulos valores y solo pueden cederse bajo los casos y requisitos específicos que establece el Código de Comercio.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Sociedad de responsabilidad limitada es la que existe bajo una razón social o bajo una denominación y cuyos socios solo están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales, que nunca estarán representadas por títulos valores, puedan cederse sino en los casos con los requisitos que establece el presente Código.