Artículo 685 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

La licencia obligatoria requiere que se determine, con opinión de expertos, el porcentaje de ganancias que quien la obtiene debe pagar al propietario de la patente. Esta cantidad se fija judicialmente considerando la opinión técnica de peritos para asegurar una compensación justa al titular de los derechos de patente.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Al concederse la licencia obligatoria se fijará, después de oír a peritos, el tanto por ciento de las utilidades que el beneficiario de la licencia debe entregar al titular de la patente.