Artículo 757 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Cuando ocurren eventos extraordinarios e imprevisibles que hacen excesivamente costoso o difícil cumplir un contrato de ejecución continua, periódica o diferida, la parte afectada puede solicitar su resolución con los mismos efectos que establece el artículo 750. La otra parte tiene derecho a actuar conforme a lo dispuesto en el artículo 755, lo que le permite solicitar la adaptación del contrato antes de aceptar su terminación.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si a consecuencia de acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, el cumplimiento de un contrato de ejecución continua, periódica o diferida resultare excesivamente oneroso para una de las partes, esta podrá pedir su resolución, con los efectos indicados en el artículo 750. La otra parte podrá proceder del modo indicado en el artículo 755.