Artículo 838 del Código de Comercio de Honduras

En palabras simples

Los corredores deben registrar todos los contratos que autorizan en un libro de registro, siguiendo un orden cronológico y una numeración progresiva, sin utilizar abreviaturas ni dejar espacios en blanco. Este registro debe mantenerse sin alteraciones de ningún tipo para garantizar la integridad y autenticidad de los documentos.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los corredores, por orden y fecha y bajo numeración progresiva, tomarán nota en un libro de registro de todos los contratos que autoricen, sin abreviaturas, huecos ni alteraciones de ninguna clase.