Artículo 10 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
Los documentos y actuaciones que se tramiten ante las autoridades administrativas conforme a este Código no requieren papel sellado ni timbres, quedando completamente exentos de estos requisitos formales. Esta exención se aplica a cualquier clase de documento o gestión administrativa relacionada con la aplicación de las normas contenidas en el Código.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Quedan exentos del uso de papel sellado y timbres todos los documentos y actuaciones de cualquier clase que se tramiten ante las autoridades administrativas, con motivo de la aplicación de las normas de este Código.