Artículo 102 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
La inscripción del nacimiento de un hijo realizada por uno solo de los padres en el Registro del estado civil tiene validez legal respecto a ambos progenitores cuando existe entre ellos un matrimonio civil o una unión de hecho que ha sido reconocida legalmente. Esta norma simplifica el trámite registral al permitir que cualquiera de los padres pueda inscribir al hijo sin necesidad de que ambos comparezcan ante el Registro, siempre que su relación de pareja esté formalmente constituida.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La inscripción del nacimiento del hijo efectuada en el Registro del estado civil por uno solo de los padres, surtirá efectos legales con respecto a ambos, si existiere matrimonio civil o unión de hecho reconocida legalmente.