Artículo 118 del Código de Familia de Honduras

En palabras simples

En los procesos de investigación o impugnación de paternidad y/o maternidad se pueden utilizar pruebas de grupos sanguíneos, marcadores genéticos y otros métodos científicos futuros que permitan confirmar o excluir la paternidad y/o maternidad. Estos estudios y dictámenes deben ser realizados por profesionales especializados, específicamente microbiólogos con especialidad en Biología Molecular o médicos entrenados en Inmunohematología.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

En los procesos de investigación o de impugnación de la paternidad y/o maternidad, son admisibles las pruebas de los grupos sanguíneos, marcadores genéticos y cualquier otro método de exclusión o confirmación de paternidad y/o maternidad, que pueda desarrollarse en el futuro. Los estudios y dictámenes mencionados deberán ser hechos por microbiólogos con especialidad en Biología molecular o por médicos con entrenamiento adecuado en Inmunohematología.