Artículo 253 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
El juez debe tomar medidas provisionales inmediatamente después de recibir la demanda de divorcio para proteger los derechos de los hijos, escuchando si es necesario la opinión de ambos cónyuges. Estas medidas son temporales y busca asegurar el bienestar de los menores mientras se resuelve el proceso de divorcio.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Presentada la demanda de divorcio, el juez competente dictará provisionalmente, las providencias que fueren nece-sarias para la protección de los derechos de los hijos, oyendo si fuere necesario el parecer de ambos cónyuges.