Artículo 252 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
El divorcio disuelve el vínculo matrimonial permitiendo a los cónyuges contraer nuevo matrimonio, genera la liquidación del patrimonio común y establece el derecho de alimentos para el cónyuge inocente e hijos. También puede resultar en la suspensión o pérdida de la patria potestad según corresponda, y obliga a quien invocó las causales del divorcio a proporcionar pensión alimenticia a los dependientes económicos establecidos en la ley.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Son efectos del divorcio:
La disolución del vínculo matrimonial que deja en libertad a los cónyuges para contraer nuevo matrimonio;La liquidación del patrimonio;El derecho de alimentos a favor del cónyuge inocente y de los hijos;La suspensión o pérdidas de la patria potestad, cuando proceda; y,El señalamiento de pensión alimenticia a favor de las personas comprendidas en los numerales 7 y 8 del artículo 211, que deberá suministrar quien invoque dichas causales.