Artículo 83 del Código de Familia de Honduras
En palabras simples
El patrimonio familiar debe establecerse tomando en cuenta la situación económica y capacidad financiera de las personas que se casan. De esta manera, se asegura que el monto destinado al patrimonio sea realista y proporcionado a los recursos de los cónyuges.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El patrimonio familiar deberá fijarse de conformidad con la capacidad económica de los contrayentes.